DISPOSITIVA:
En fuerza de las motivaciones que preceden, este Juzgado de los Municipios Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara con Lugar, la demanda de fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana: ARY YUDITH MATERAN GARCIA, identificada supra, en su condición de representante legal de su hija: xxxxxxxx en contra del ciudadano: ALIEN BARRIOS MIRANDA, identificado supra, y se fija como Obligación de Manutención la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs.500,oo) mensuales, a partir del mes de noviembre de dos mil catorce, en el mes de diciembre de cada año, la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000,oo), para sufragar los gastos de ropa y zapato. Respecto a los gastos de médico y medicina será proporcionado por ambos padres, cuando los requieran los niños beneficiarios en este procedimiento; previéndose el ajuste automático.....