Vista la conciliación entre las partes ciudadanos: ISSAMAR DEL VALLE GARCIA FARFAN, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Barrio Valle Verde, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-19.430.033 y el ciudadano: RICHARD JESUS CASTILLO SILVA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio Nuevo, cerca de la Bodega de Roa, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-18.669.324, en el Juicio de Revisión Obligación Manutención, en beneficio de su hijo: xxxxxxx, en la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000,oo) mensuales, a partir del mes de Diciembre del presente año 2014, y en el mes de diciembre de cada año la cantidad de Dos Mil Seiscientos Bolívares (Bs. 2.600,oo) para cubrir los gastos de ropa y zapatos. En relación a los gastos de medico y medicinas, será responsabilidad de ambos padres, los cuales cubrirán el 50% de dichos gastos, cuando lo requiera el niño beneficiario en este procedimiento. Por.....