Visto el Acto celebrado, por los ciudadanos: MARIBEL RAMONA MAGDALENO VIDAL y RAMON SIMON PEREZ TRAVIEZO, ya identificados y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños ni los adolescentes, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turèn, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, le imparte su homologación y se tendrá como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
PRIMERO: Con Lugar, la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana MARIBEL RAMONA MAGDALENO VIDAL, en nombre y representación de su hijo RONAR SIMON PEREZ MAGDALENO de catorce (14) años de edad, en contra de ciudadano RAMON SIMO.....