En virtud de las consideraciones antes expuestas y llenos como se encuentran los extremos previstos en los artículos 257 y 262 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte la HOMOLOGACIÓN a la Conciliación Judicial celebrada entre el abogado WILBERT FELIPE PEREZ, mayor de edad, venezolano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 179.498, domiciliado en Acarigua Estado Portuguesa, titular de la Cédula de identidad N° 14.676.367, en su carácter de co-apoderado Judicial de la parte demandante PAOLO PASCUALE DE NUNZIO AMBROSINI, y la Abogada SONIA BABBO ALIBARDI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.868.249, inscrita en el Inpreabogado 109.625, en su condición de Apoderada J.....