Con fundamento a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano:JORGE EDUARDO BARCO LEON, mayor de edad, soltero, obrero agrícola, domiciliado en Carretera 8, Casa S/N, Caserío el Gateao, Jurisdicción del Municipio Santa Rosalía del Estado Portuguesa, inserta en los Libros del Registro Civil y Electoral del Municipio Santa Rosalía del Estado Portuguesa, en fecha 18 de diciembre de 1995, bajo el Nº 314 y la partida de nacimiento inserta en el Registro Principal del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descrita, en lo que respecta al Luga.....