En consecuencia, de conformidad con el articulo 185-A del Código Civil, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos LUIS ALBERTO CRAVO MALVACIA y NORIS ALEXANDRA PEREZ NUÑEZ, antes identificado, quienes manifestaron en su escrito libelar haber contraído matrimonio civil en fecha Doce (12) de Enero del 1994, por ante la Prefectura Municipio Paez, de Acarigua Estado Portuguesa, según consta en acta de Matrimonio, inserta bajo el Nº. 08.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
En Acarigua, a los 22 día del mes de Mayo del Dos Mil Veintitrés (2023).
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO
La Secretaria.....