Es por estos razonamientos, que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos SORELIS ESTHER CONDE DE RAMOS y ELIGIO JOSE RAMOS ROMAN, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.549.631 y V-9.563.239, respectivamente domiciliados en: La conyugue en la calle 20, entre avenidas 51-A y 51-B, casa N° 42-48, Barrio San Vicente de la Jurisdicción del Municipio Páez de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, teléfono celular N° 0412-0501633, correo electrónico sorelisconde@gmail.com, y el conyugue en la Urbanización la Corteza calle 6, sector 2, de la jurisdicción del Municipio Páez de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, 0414-5571321, asistidos en este .....