D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano DOMENICO PACE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E-82.233.834, debidamente asistida en este acto por la Abogado ENID GONZALEZ MARCHAN, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 28.051; de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año 2016. Y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos, DOMENICO PACE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de i.....