En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo expuesto por la parte demandada Abogada MARISA ROMEO MOLINARI, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.840.253, actuando en este Acto, en mi carácter de Apoderada Judicial, de los Ciudadanos: GIOSUE CARDUCCI PARADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de identidad Nº 15.214.101, GINA YSABEL CARDUCCI PARADA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de identidad Nº 16.040.982, ANA YUDITH SÁNCHEZ DE CARDUCCI, GIULIANA IRENE CARDUCCI SÁNCHEZ, LUIS MARCELO CARDUCCI SÁNCHEZ, MAURIZIO EMILIO CARDUCCI SÁNCHEZ, FRANCISCO CARDUCCI SAVARELLA y YENNI SUSANA PIÑATE DE CARDUCCI, venezolanos, mayores de edad, casados, ti.....