Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio interpuesta por el ciudadano ANDRES JOSUE QUINTERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad número V-11.079.221, de este domicilio, asistido por el Abogado RUBEN JOSUE BASTARDO, titular de la Cédula de Identidad número V-6.185.989 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.919, contra la ciudadana KORALIA MAYERLING HERNANDEZ FALCON, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.334.681, domiciliado en la Urbanización Alto de Camoruco, lote 07 , casa Nº 34, Municipio Páez, Estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 185–A del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la S.....