DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción de Desalojo de Inmueble, interpuesta por el Abogado Abogada SANDRA MARIVI TORREALBA PERALTA, titular de la cédula de identidad número 17.276.647, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 132.717, de este domicilio, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano VALENTINO RAFFAELE CROCETTA YANUARIO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.144.294, contra el ciudadano JAVIER VILFREDO MARRUGO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.543.821, de este domicilio, sobre un inmueble ubicado en la avenida 40 entre calle 31 y 32 de la ciudad de Acarigua Municipio Páez est.....