DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Al ciudadano FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ARAQUE titular de la cedula de identidad Nº V- 8.085.665, de conformidad con lo establecido en el artículo 370 ordinal 3 del Código de Procedimiento Civil como TERCERO COADYUVANTE, en el presente asunto.
SEGUNDO: Incorporar las actuaciones del ciudadano FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ARAQUE titular de la cedula de identidad Nº V- 8.085.665, en su condición de TERCERO INTERESADO, porque viene hacer una causa en común en el presente asunto.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
Dictada firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare.....