Primero: Se admite la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano abogado Marcelo Antonio Sulbarán, IPSA 137.362, en su condición de defensor privado del ciudadano Magdaleno Antonio Mejías Peraza, titular de la cédula de identidad V-12.239.080, en contra del Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, sede Guanare, regido por la Jueza Kimbely Gil, en la causa 3J-1359-20.
Segundo: Se acuerda oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del estado Lara, sobre la admisión de la presente acción de amparo conforme a lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, debiendo remitirse copia certificada de la acción de amparo constitucional junto al referido oficio.
Tercero: Se acuerda oficiar a la ciudadana abogada Kimberly Gil, Jueza regente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del e.....