En mérito de los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, de la Región Centro Occidental con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, actuando en Sede Constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
Primero: Se admite la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano abogado Ramón Agustín Loaiza Queipo, en su carácter de abogado designado por el ciudadano Juan Gabriel Adrian González, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.202.154, en contra de la ciudadana abogada Edgary Zarraga, jueza regente del Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en la causa signada con el alfanumérico IP41-S-2021-000068.
Segundo: Se ordena no.....