PRIMERO: Sin lugar, la apelación interpuesta por la accionante ALIMENTOS SJT C.A, ya identificada, a través de su presidente ciudadano LUIS EDUARDO GUEDEZ FALCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.690.442, asistido por el abogado Ricardo Andrés León Godoy inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 285.750, contra la decisión de negativa de decreto de medida cautelar innominada dictada en fecha 20 de julio del 2023, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del presente recurso a la empresa ALIMENTOS SJT C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara en fecha 18 de Enero del 2018, bajo el N° 07, Tomo 4-A.