DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho, NELSON JOSE TORO RIVAS, en su condición de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, quien delata el presunto agravio que le produjo al Estado Venezolano, la decisión dictada en fecha 21/06/11, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión impugnada dictada en fecha 21/06/11, de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 44.1 Constitucional, 248, 250, 251, 252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, déjese copia, diarícese y remítanse las a.....