DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HECTOR ANTONIO BELTRAN BOHORQUEZ, en su carácter VÍCTIMA, en contra de la decisión interlocutoria dictada en fecha 13 de julio de 2015, por el Tribunal Itinerante de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual acordó decretar el sobreseimiento de la causa seguida a los funcionarios adscritos al Centro de Coordinación Policial Nº 04, "Juan Guillermo Irribarren", Araure estado Portuguesa, por el delito de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, en perjuicio de: Héctor Beltrán Bohórquez, de conformidad con establecido en el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y déjese c.....