Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicias en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Primero del Ministerio Público con Competencia en toda la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en Materia de Drogas, Abg. Rodolfo Alejandro Seekatz Rojas; SEGUNDO: ANULA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal, extensión Acarigua, en fecha 13 de octubre de 2008, mediante el cual decretó LIBERTAD PLENA, al ciudadano HERMES JOSÉ LEAL RODRÍGUEZ; TERCERO: Se restituye en todo su contenido el Acta de Investigación Penal N° GN-083-08 de fecha 09 de octubre de 2008; CUARTO: De conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el REENVÍO de la presente causa a otro Juez de Control a .....