DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Se declara SIN LUGAR la INHIBICIÓN planteada por la Abogada EDYMAR MONTIEL MONTILLA, en su condición de Jueza Provisorio del Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Municipal Nº 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua; de conformidad con el artículo 89 numerales 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia y remítase el presente cuaderno de apelación, al Tribunal de Control Municipal N° 01, Extensión Acarigua, a los fines de garantizar la continuidad del proceso.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial.....