Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por las Abogadas LORENA VALDERRAMA Y MIGNIDHY ESPINOZA, en su condición de Fiscal Encargada y Auxiliar de la Fiscalía Octava del Ministerio Público. SEGUNDO: ANULA la decisión de fecha 08/10/2009 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual decretó la LIBERTAD PLENA al ciudadano ALDEMARO JOSÉ VÁSQUEZ PIÑA por la comisión del delito de Violencia Física, Violencia Patrimonial y Económica, prevista y sancionada en los artículos 42 y 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Laura Thais Castillo Figueroa. TERCE.....