En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la FISCAL SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO, EN MATERIA DE SALVAGUARDA, BANCOS, SEGUROS Y MERCADO DE CAPITALES DEL ESTADO PORTUGUESA. ABG. RUTH ROMERO y ABG CARMEN AHIDEE VARELA OROZCO, contra decisión dictada en fecha 17 de noviembre de 2007, por el Juzgado de Primera Instancia Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en Funciones de Control No. 1, mediante la cual decretó LA LIBERTAD PLENA de los ciudadanos ARELLANO QUIÑONEZ HENRY y MORA CHACON ERIKA YASMIN, por la presunta comisión del delito de IMPORTACION ILICITA DE DIVISAS EXTRANJERAS y USO DE MEDIOS ELECTRONICOS EN LA COMISION DE DICHO DELITO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO. En consecuencia, declara nulo el fallo impugnado y, se.....