DISPOSITIVA
En suma, por las razones que preceden y las disposiciones contenidas en los artículos 49.1 Constitucional, y 190, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley acuerda retrotraer la presente causa hasta el estado en que el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emplace al Ministerio Público en virtud del recurso de revisión interpuesto.
Regístrese, déjese copia y remítase inmediatamente.
El Juez de Apelación Presidente,
Joel Antonio Rivero
La Juez de Apelación, La Juez de Apelación
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