DISPOSITIVA
En suma y con fundamentó en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos en fecha 10/08/2011 por el Abogado PEDRO JOSÉ BELLORÍN CARO, en su carácter de Defensor Privado del imputado ALEXIS ANTONIO MEJÍAS BECERRA; y en fecha 08/09/2011 por el Abogado GEORGERI SIDARTA PUERTA, en su condición de Defensor Privado del imputado RUBÉN DARIO RAMOS; contra la decisión publicada en fecha 08/08/2011 por la Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por esa Primera Instancia mediante la cual decretó la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los referidos ciudadanos, por la presunta .....