DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto de conformidad con el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Abogado WILMER BOLÍVAR, en su condición de Fiscal Auxiliar Décimo Segunda del Ministerio Publico del Segundo Circuito del Estado Portuguesa; SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el referido recurso de apelación con efecto suspensivo; y TERCERO: Se CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 20 de marzo de 2024, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 4, Extensión Acarigua, en la causa penal N° OM-2024-000020, con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar, en la que se le procedió .....