DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara ADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por la ABOGADA LIDYA RIVERO TOVAR, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano WRAYAN ALEJANDRO VARGAS, contra la sentencia dictada en fecha 07 de Junio del año 2012 y publicado su texto íntegro en fecha 17 de Julio del año 2012; por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua.
En consecuencia, se fija a las diez horas (10:00) de la mañana del décimo (10°) día hábil siguiente, a que conste en autos la última notificación de la partes, para la celebración de la Audiencia Oral y Pública, prevista en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal
Dada, firmada, sellada.....