DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y, por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada LEIDY JASPE, en su carácter de Defensora del acusado HECTOR JOSE CORTEZ LOPEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de octubre de 2013 y publicada en fecha 21 de noviembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de--+ Juicio N° 03, con sede en Guanare, de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa; SEGUNDO: Se ANULA la sentencia recurrida, mediante el cual se condenó al acusado HECTOR JOSE CORTEZ LOPEZ, cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS de prisión, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIE.....