En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Homologado el desistimiento formulado por la parte actora, en el presente juicio de reclamación de daños y perjuicios materiales, derivados de accidente de tránsito, seguido por el ciudadano JUAN SALVADOR PAEZ GARCIA, contra la empresa aseguradora FONDO COOPERATIVO NAGAR C.A., quedando en consecuencia, definitivamente firme y con efectos de cosa juzgada la sentencia proferida por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa de 27-01-2014.
Publíquese, regístrese, déjese copia del fallo y remítase las actuaciones pertinentes al Tribunal de la Causa.