En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Parcialmente con Lugar la revisión de obligación de manutención, incoada por la ciudadana MARIA SINFOROSA AGUILAR ESCOBAR, actuando en nombre y representación de sus hijos CDV y JACA, contra el ciudadano ANACLETO ANTONIO CHINCHILLA HERNANDEZ, ambos identificados.
En consecuencia, se acuerda la obligación de manutención a favor de los mencionados adolescentes en las siguientes cantidades: Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs. 250,oo) mensuales; Quinientos Bolívares (Bs. 500,oo) en el mes de Agosto y Setecientos Bolívares (Bs. 700,oo) en el mes de Diciembre; igualmente, queda obligado el demandado, a cancelar en forma oportuna, el valor del c.....