En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la pretensión reivindicatoria, incoada por la ciudadana COROMOTO DEL CARMEN YANES CACERES, contra la ASOCIACION CRISTIANA BET-EL, representada por el ciudadano JOSE LUIS GIL RIVAS, ambos identificados.
En consecuencia, se declara que a la actora, le asiste el derecho de solicitar la entrega material del terreno ocupado por la demandada, referido a una parcela con una extensión de veinte metros (20.oo mts) de ancho por treinta metros (30.oo mts) de largo y alinderada así: Norte, bienhechurías que son o fueron del ciudadano Federico Aguilar; Sur y Este, con bienhechurías que son o fueron del ciudadano Etanislao Perdomo, y Oeste, que es su frente, carretera Guanare-Biscucuy, cuya parcela forma en men.....