En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la Nulidad de los actos subsiguientes al día 30-01-2007, cuando se admite la presente solicitud y hasta el presente fallo, exclusive, y acuerda reponer la causa, al estado que el Tribunal de la Primera Instancia, decline la competencia del asunto en un Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en el Segundo Circuito Judicial del estado Portuguesa, a los fines que asuma el conocimiento del procedimiento.
Se declara con lugar la apelación formulada por la parte actora, y queda revocada en los términos expuestos, la decisión interlocutoria, dictada en fecha 03-04-2007, por el Tribunal Unipersonal Nº 01 de Protección del Niño y de.....