En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la apelación formulada por la Abogada SHYARA ESPARRAGOZA VELASQUEZ, Fiscal Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño y Adolescente y la Familia, en el presente procedimiento de rectificación de partida de nacimiento en beneficio de la niña DBC, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad de los actos procesales siguientes al día 15-12-2006, cuando se libró el referido cartel de citación y hasta el presente fallo, exclusive, y la consiguiente reposición de la causa, al estado de que el Tribunal de la Primera Instancia, deje transcurrir nuevamente el lapso breve de treinta (30) días .....