En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar el Recurso de Hecho, interpuesto por el Abogado MANUEL RICARDO MARTÍNEZ RIERA, en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana GLADYS MERCEDES PÉREZ VIERA, en su condición de madre y representante de la adolescente MYSP, contra el auto de fecha 16-01-2008, dictado por el Tribunal Nº 01 de Protección del Niño y del Adolescente en este Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual se niega la apelación interpuesta por la parte recurrente, contra la decisión de fecha 08-01-2008, que declara extemporánea la contestación a la demanda formulada por dicha codemandada, en el presente juicio de acción merodeclarativa.....