En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial el Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la pretensión de cobro de honorarios profesionales, incoada por los ABOGADOS VIODERMA GARCÍA, JOSÉ MIGUEL MONTES Y JUAN MANUEL HENRÍQUEZ DURAN, contra la empresa AGARCA C.A., ambos identificados.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la suma de Ochenta y Dos Mil Bolívares (Bs. 82.000,oo), por concepto de honorarios profesionales y por lo que, una vez firme el presente fallo, a los fines del derecho de retasa solicitado, el Tribunal de cognición fijará la oportunidad para el nombramiento de los Jueces Retasadores y previa la notificación de las partes.
Se declara parcialmente con lugar la apelación formulada por la parte demandada y queda confirmada per.....