En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, la demanda de colocación familiar, incoada por el Abogado EMILIO MORLES, Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público con competencia en materia de Protección al niño, al Adolescente y la Familia, en beneficio e interés de la niña: AVLM, la cual se ejecutará en el hogar familiar de la ciudadana CRISBET CAROLINA COLMENARES LOPEZ, en la siguiente dirección: Bario Unión, Calle 02, detrás de la Residencia El Tenanba, Guanare, estado Portuguesa, teléfono 0416-3562876, otorgándose a dicha ciudadana la Responsabilidad de Crianza de conformidad con lo establecido en el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, N.....