En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la oposición a embargo preventivo, formulada por el MUNICIPIO PAPELON DEL ESTADO PORTUGUESA, en el presente juicio de cobro de bolívares (vía intimatoria), sigue la empresa CASA DEL CONSTRUCTOR (CADELCO), C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES RODRIGUEZ C.A., ambos identificados.
Se declara con lugar la apelación de la parte opositora y queda revocada la sentencia interlocutoria, dictada en fecha 27-09-2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial.
En consecuencia, queda revocada la medida cautelar de embargo preventivo, practicada en fecha 01-04.....