DECISION
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el presente juicio de resolución de contrato de opción de compraventa, seguido por la sociedad de comercio GRUPO PALMA S.A., contra la ciudadana JOSÉ ELOISA GARCIA FIGUEREDO, declara:
PRIMERO: Sin lugar la impugnación por la parte demandada del poder acreditado por la representación judicial de la parte actora.
SEGUNDO: Sin lugar la petición de que se resuelva in limine litis, la impugnación de la cuantía de la pretensión formulada por la parte demandada.
TERCERO: Improcedente, la solicitud de medida innominada, destinada a la suspensión del pago de las cuotas pactadas al pago del precio del referido inmueble en la respectivo causa Nº 7.579, incoada ante el Juzgado Primero del Mun.....