En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de interdicción civil, incoada por el ciudadano ANTONIO RAMÓN HERNÁNDEZ en interés de su cónyuge, ciudadana MARIA HERMINIA TORRES DE HERNANDEZ, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la interdicción definitiva de la ciudadana MARIA HERMINIA TORRES DE HERNANDEZ, y se le designa Tutoras definitivas, a sus hijas, ciudadanas YELITZA BEATRIZ HERNANDEZ TORRES, JORIELSY HAYDEE HERNANDEZ TORRES y THAIS DIANE HERNANDEZ TORRES, quienes para el ejercicio de la representación encomendada, deben actuar en forma conjunta.
De conformidad con los artículos 413, 507 y 508 del Código Civil, se ordena la protocolización de est.....