En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación intentado por la parte actora. SEGUNDO: Se revoca la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del estado Portuguesa en fecha 10 de agosto del año 2015. TERCERO: Con Lugar la demanda que por Nulidad de Venta a incoada la ciudadana NILCE DEL CARMEN BRICEÑO, contra los ciudadanos DURAN CORDERO SAMUEL ANTONIO Y FERNÁNDEZ AZUAJE JOSÉ DE LOS SANTOS, plenamente identificados en las actas procesales, ambas identificadas. CUARTO: Se acuerda remitir oficio al Registro Publico del Municipio Guanare del estado Portuguesa a los fines de que estampe la nota respectiva de lo aquí decidido una vez que la decisión quede defi.....