En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y con Competencia Transitoria en del Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la revisión de obligación alimentaria, incoada por la ciudadana RUSSY BELL PESTANA FARIAS, en representación de sus hijo JJCP, contra el ciudadano JHOEL COROMOTO CARUCI SOTO, ambos identificados.
En consecuencia, se acuerda la obligación alimentaria a favor del mencionado niño en la cantidad mensual de Doscientos Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 240.000,oo) mensual y la suma de Trescientos Veinte Mil Bolívares (Bs. 320.000,oo) en los meses de Agosto y Diciembre de cada año; y además, deberá cancelar oportunamente, el cincuenta por ciento (50 %) por concepto de las medicinas que requiera el niño. Dichas cantidades deberán ser depo.....