En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la pretensión interdictal restitutoria, incoada por la ciudadana ELECIA COROMOTO YEPEZ URBINA contra la ciudadana MARIA CLIDIA URBINA, ambas identificadas.
En consecuencia, se condena a la parte querellada a restituir plenamente a la parte querellante, la posesión de las mencionadas bienhechurías, consistentes en una casa de habitación con las características siguientes: paredes de bloque de cemento, piso de cemento, techo de zinc, puertas y ventanas de hierro, cuya distribución es dos (2) habitaciones una (1) sala comedor, una (1) cocina, cercada de estantillos de madera y alambre de púa, dicha construcción forma un área de seis metros con se.....