Por los anteriores razonamientos este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil, Bancario del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: 1) INADMISIBLE la recusación interpuesta el día 20/06/2013, por el profesional del derecho Luis Javier Barazarte Sanoja, contra la juez temporal del Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, abogada Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez, por no estar fundamentada en un motivo legal que la procedente, resultando la misma infundada y extemporánea, ya que el 20/06/2013, siendo las 11 y 30 de la mañana, la prenombrada juez ya se había inhibido de conocer de esa causa. 2) En virtud que se ha declarado inadmisible la recusación interpuesta por el profesional del derecho Luis Javier Barazarte Sanoja, se ordena al recusante que .....