En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara La Perención Breve de Instancia, en el presente procedimiento de divorcio con base en el artículo 185-A del Código Civil, seguido por el ciudadano CARLOS ALVAREZ LIZARAZO, contra la ciudadana EMMA MORELA DOWNING LA RIVA, ambos identificados.
Se declara con lugar la apelación de la parte accionada y queda revocada la decisión proferida por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa de fecha 16-04-2015.