En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con Lugar la pretensión de daños materiales y lucro cesante, generados por accidente de tránsito, incoada por el ciudadano EDGAR COLMENARES DIAZ, actuando en su propio nombre é interés y en su carácter de propietario de la Firma Unipersonal "CONSTRUCTORA DICOL", contra la empresa SEGUROS LA PREVISORA C.A., y queda definitivamente firme, solo con respecto a la sociedad mercantil CORPORACION INVERCANPA C.A., la sentencia definitiva impugnada, dictada por el Tribunal de cognición; y en consecuencia, se condena a la codemandada SEGUROS LA PREVISORA C.A., a cancelar al demandante la cantidad global de Catorce Mil Setecientos Setenta y Ocho .....