En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial el Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la pretensión de cobro de honorarios profesionales, incoada por el Abogado RICARDO ALBERTO CAMPOS PRADO, contra los ciudadanos MARIA JACINTA BARRIOS (Viuda) DE RODRIGUEZ, NAUDY YORMIDE RODRIGUEZ BARRIOS y BIANNEY JOSÉ RODRIGUEZ, ambos identificados.
En consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora la cantidad de Quince Mil Novecientos Ochenta y Un Bolívares con Cincuenta y Cinco Céntimos (Bs. 15.981,55), por concepto de honorarios profesionales.
Conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Abogados, la parte demandada, puede acogerse al derecho de retasa, dentro de los diez días de despacho después de haber quedado definitivamente firme la sentencia .....