En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
ANULA la sentencia dictada en fecha 31 de mayo de 2.007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró: "... PERIMIDA, la presente causa, por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN incoada por la abogada MARY CARMEN JIMÉNEZ, en su carácter de Apoderado (sic) Judicial de la sociedad mercantil AGROISLEÑA, C.A., contra la ciudadana ZULAYKA JEXIKA PLASCENCIA MORALES, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil...".
Y REPONE la causa al estado de que el Juez de la causa proceda a dictar sentencia pronunc.....