Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16-07-2007 (folio 9), por el abogado HENRRY MOSQUERA HIDALGO, con el carácter de endosatario en procuración de la Compañía Anónima "Nueva Agropecuaria M.M., C.A., parte actora.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 11-07-2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que señaló: "......este Juzgado... ORDENA la notificación mediante oficio de la Procuraduría General de la República, sobre la sentencia interlocutoria dictada en la presente causa, en fech.....