Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 16/04/2012 por el abogado Manuel Parra Escalona, en su carácter de apoderado de los ciudadanos Michele Cabitzudu Puggioni y Sarys Mercedes Rodríguez de Cabitzudu, contra el auto dictado en fecha 09/04/2012 por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que declaró inadmisible la apelación formulada en fecha 30/03/2012 por la abogada Sylvia Albano Carrano contra la sentencia dictada en fecha 24/02/2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto recurrido dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha .....