Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 09 de julio de 2007, por los abogados RAFAEL HUMBERTO LÓPEZ y JESÚS GARCÍA YÚSTIZ, en su propio nombre y en representación del ciudadano GERMÁN ARGENIS VIELMA PÉREZ, contra el auto dictado en fecha 03 de julio de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que oyó la apelación ejercida por los recurrentes, en un solo efecto.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.