En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida en fecha 28/06/2010 por el abogado GUSTAVO ENRIQUE JUAREZ TORRES, en su carácter apoderado del ciudadano ALEXIS JOSÉ TORIN, parte actora en la presente causa, contra el fallo dictado en fecha 16/06/2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que declaró IMPROCEDENTE las medidas cautelares solicitadas, por considerar que no cumplen con los requisitos de procedencia establecidos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de .....