En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda por Rendición de Cuenta interpuesta por los ciudadanos Arlene Coromoto Sánchez Márquez, Nelly del Valle Sánchez Márquez y Freddy Antonio Sánchez Márquez, en contra de la ciudadana Gloria Esperanza Benítez de Sánchez.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD del auto de fecha 06/04/2006 que admitió la demanda, así como de las actuaciones posteriores y de la sentencia de fecha 27/07/2009 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró sin lugar acción de rendición.
TERCE.....